Existen multitud de actividades de negocio que se desarrollan en locales y recintos de muy diferentes características. No es lo mismo una lavandería o tintorería que un polideportivo o un estudio de grabación, las exigencias de aislamiento acústico de las diferentes actividades, se regulan en función del horario y niveles de emisión sonora. Las fuentes de ruido pueden ser también diferentes: sistemas de ventilación, equipos de sonido y música, aire acondicionado… sin embargo todos ellos están sujetos a cumplir los valores límite de aplicación, diferenciando las franjas horarias de funcionamiento.
Personalizamos las acciones que haya que llevar a cabo y proponemos el material más ajustado siempre respetando la normativa vigente.
Así pues, el desarrollo de las soluciones se extiende no sólo a las actividades entendidas habitualmente como causantes de ruido, tales como la hostelería, sino que a cualquier formato de negocio que pueda ser susceptible de generar impacto acústico, de esta forma nuestra Empresa constantemente participa en proyecto singulares que requieren de una orientación personalizada y especifica.
La administración, generalmente, los que establecen los requisitos específicos de aplicación de la legislación genérica establecida a nivel nacional. Por ello, te recomendamos que consultes la ordenanza en materia de ruido que rige en tu municipio ya que lo que en un sitio puede estar permitido, en otro es sancionable. En el caso de que en tu localidad no exista ordenanza municipal, deberás consultar la normativa de tu Comunidad Autónoma.
En las ordenanzas municipales podrás encontrar:
Bares, Pubs, discotecas, grandes superficies comerciales, oficinas, negocios locales, polideportivos, gimnasios, actividades industriales, salas técnicas aisladas, constructoras, promotoras, arquitecturas, administración